jueves, 9 de julio de 2009

Garantizan derechos humanos de mujeres que abortan

En mayo, el Ministerio de Salud (Minsal) dio a conocer a las cerca de 40 organizaciones que forman parte de su Consejo Consultivo de Género y Salud de las Mujeres un instructivo dirigido a todos los directores de los servicios de salud del país, en el que se pide garantizar la atención médica y no violar la confidencialidad de quienes se hayan practicado abortos para no judicializar sus casos.

"Aún cuando el aborto es una conducta ilegal ( ) en la legislación chilena, no corresponde extraer confesiones a las mujeres que requieran atención médica como resultado de un aborto, sobre todo cuando dicha confesión se solicita como condición para la prestación de salud requerida", enfatizó en el documento, fechado el 24 de abril, el ministro Álvaro Erazo.

El secretario de Estado recordó que una acción de este tipo vulnera la norma contenida en el artículo 15º de la Convención Contra la Tortura ratificado por Chile, el 30 de septiembre de 1988 y la Constitución Política, en lo que respecta al derecho a la salud y la garantía de un proceso justo.

"En síntesis, la atención médica debe ser incondicional y cualquier confesión obtenida en el contexto descrito es completamente ilegal", agregó.

RESPUESTA A LA ONU

El doctor René Castro, jefe del Programa de Salud de la Mujer del Minsal, y uno de los profesionales que participó en la redacción del documento, señaló a La Nación que con el instructivo se busca dar cumplimiento al Tercer Informe Periódico sobre Chile, de 2004, elaborado por el Comité Contra la Tortura de Naciones Unidas.

"De lo que se trata aquí es que el funcionario de salud privilegie su función sanitaria. No debería transformarse en un investigador o judicializador del tema ( ) La obligación de reportar los abortos sería secundaria a la obligación de preservar la confidencialidad con los pacientes", indicó Castro.

Lo anterior, debido a que la ONU pidió que no se condicione la atención de las mujeres a que confiesen y sean llevadas a la justicia.

"El concepto que queremos ir instalando es que si una persona llegó con un aborto, es cómo lo hacemos para que no repita la misma experiencia y eso requerirá de todo un esfuerzo de educación a la mujer", explicó.

El Minsal señala que no existen cifras exactas sobre abortos en Chile, pero que una estimación gruesa sería cerca de los 100 mil anuales y recordó que los profesionales no pueden ser llevados a la justicia "porque si no hay denuncia no (hay caso)".

ABOGADA DE LA UDP

La abogada Lidia Casas, del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, valoró el instructivo porque la penalización no es una herramienta que disminuya los abortos, lo que en cambio sí se puede lograr con un acompañamiento a la mujer.

Recordó que una medida de este tipo se le exige a Chile desde 1995, ya que la mayoría de las denuncias de este tipo provienen de los servicios de salud.

Respecto de las repercusiones judiciales que puede tener en un médico o matrona el no denunciar un hecho como éste, la abogada señaló que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya se pronunció sobre este punto.

"Hay un caso paradigmático contra Perú, en donde a una doctora la acusan, el gobierno de Fujimori la procesa y la condena por no haber denunciado a un señor que participó en un enfrentamiento y fue herido de bala. La ley peruana, al igual que la chilena, la obliga a reportar estos hechos a la autoridad, pero ella llega a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual señala que los médicos no pueden constituirse en el brazo armado del aparato investigador, porque su primer deber es con el paciente. Este es el peso fuerte para mantener el tema de la confidencialidad", enfatizó.

Según sus estimaciones, las cifras de abortos complicados en Chile bordean los 30 mil.

"Si lo médicos tuvieran que reportar cualquier aborto la cantidad en el sistema de justicia sería altísimo", señaló.



Extraído de Diario "La Nación", 08 de julio de 2009.